El Certificado de Eficiencia Energética, es un documento oficial que evalúa el consumo de energía de una vivienda, local u oficina. En el certificado se incluye una calificación energética en una escala de A (más eficiente) a G (menos eficiente), información técnica sobre aislamiento, instalaciones térmicas, cerramientos, etc. También se incluyen recomendaciones de mejora para reducir consumo y mejorar la calificación.
En España, está regulado actualmente por el Real Decreto 390/2021, que sustituyó al anterior RD 235/2013. El certificado es obligatorio para la compraventa de un inmueble.
Actualmente, no existe ninguna prohibición en España que impida vender o alquilar inmuebles por su nivel de eficiencia energética. La normativa europea marca objetivos climáticos ambiciosos, pero no obliga a vetar operaciones inmobiliarias en función de una letra concreta.
La Unión Europea ha fijado como meta que en 2050 el parque edificatorio alcance emisiones cero. Para lograrlo, cada Estado miembro debe diseñar y presentar un plan nacional de reducción progresiva del consumo energético de los edificios. Sin embargo, esto no supone que, se imponga una letra mínima obligatoria para poder vender o arrendar; tampoco se establece una prohibición automática en 2030, y cada país puede adoptar medidas más restrictivas si lo desea, pero no está obligado a hacerlo.
En España, a priori, no se contempla impedir la compraventa ni el alquiler de viviendas con calificaciones bajas. Lo que sí se prevé es un plan progresivo de mejora del parque inmobiliario, alineado con los compromisos climáticos europeos, pero sin medidas drásticas e inmediatas que paralicen operaciones.
No obstante, y como ya comentamos en noticias anteriores, sí es obligatorio el certificado de eficiencia energética para tasar los inmuebles a efectos de valoraciones hipotecarias.
La Orden ECM/599/2025 ha modificado la regulación de las tasaciones hipotecarias e incorpora como requisito obligatorio que la vivienda disponga de un certificado de eficiencia energética (CEE) en vigor para poder ser valorada a efectos hipotecarios.