Hacienda prorroga las deducciones por reformas energéticas: cómo aplicar rebajas de hasta el 40% en el IRPF.

El Gobierno ha confirmado, a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), la prórroga de las ventajas fiscales para quienes realicen obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de sus viviendas. La medida, recogida en el Real Decreto-ley 16/2025, amplía el plazo de aplicación de estas deducciones hasta finales de 2026 y hasta 2027 en el caso de edificios residenciales.

Con el inicio de la próxima campaña de la Renta en abril, muchos contribuyentes podrán beneficiarse de estos incentivos fiscales si han llevado a cabo reformas en su vivienda. Las deducciones pueden alcanzar el 40% en viviendas individuales y el 60% en edificios, dependiendo del tipo de obra y del ahorro energético conseguido.

Deducciones variables según la mejora energética. Las rebajas fiscales no son iguales en todos los casos. El porcentaje aplicable dependerá del impacto real de la reforma sobre el consumo energético del inmueble, acreditado mediante el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) antes y después de las obras.

En el caso de viviendas individuales, se contemplan dos supuestos principales:

Deducción del 20% si la reforma logra reducir la demanda de calefacción y refrigeración al menos un 7%. La base máxima anual será de 5.000 euros.

Deducción del 40% cuando la reducción alcance al menos un 30%, o cuando la vivienda obtenga una calificación energética A o B. En este caso, la base máxima anual asciende a 7.500 euros.

Estas deducciones se aplican tanto a la vivienda habitual como a otras propiedades del contribuyente que estuvieran alquiladas.

Incentivos reforzados para edificios residenciales. Las actuaciones de rehabilitación energética en edificios de uso residencial, la deducción se eleva al 60% si se acredita una reducción mínima del 30% en el consumo de energía primaria no renovable, o si el edificio alcanza una calificación energética A o B.

A efectos fiscales, se consideran parte de la vivienda las plazas de garaje y trasteros adquiridos conjuntamente. En estos casos, la base máxima anual deducible será de 5.000 euros.

Para poder aplicar estas deducciones, es obligatorio demostrar la mejora energética mediante un CEE previo y otro posterior a la reforma, ambos emitidos por un técnico competente. En el caso de las deducciones individuales, el certificado final deberá expedirse antes del 1 de enero de 2027.

Además, el BOE especifica que no se admitirán pagos en efectivo. Las obras deberán abonarse mediante transferencia bancaria, tarjeta o cheque nominativo para tener derecho a la deducción.

La deducción se restará de la cuota íntegra estatal, una vez aplicadas otras posibles reducciones, y deberá incluirse en la declaración correspondiente al ejercicio en el que se haya emitido el CEE final.

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